Ronda de enlaces (22/04/2024)

Imagen

Ayer, lunes, tocaba ronda de enlaces, pero, por diversas circunstancias, no pude subirla. Así que aquí la tenéis:

  1. La interminable historia de la responsabilidad patrimonial del Estado por leyes inconstitucionales: un nuevo giro jurisprudencial @ Almacén de Derecho: el autor examina la evolución que ha sufrido la jurisprudencia en una materia que siempre nos afecta, da igual qué clase de “operador jurídico” se sea. Tanto las Administraciones Públicas como los ciudadanos se ven afectados por esta cuestión y la inseguridad jurídica derivada de dicha evolución, no siempre bien explicada.
  2. Permisos para acompañamiento a consulta médica a familiares dependientes, aunque no estén a cargo del trabajador como permiso retribuido (STS 20 de marzo de 2024) @ El Blog de Eduardo Rojo: “ la AN defiende su tesis fundamentándola en que “carece de sentido pretender que el permiso se extienda a dichos familiares (pensemos en hijos mayores de 18 años o en padres que no están al cuidado del trabajador, pensemos incluso que unos y otros pueden vivir de forma independiente), máxime cuando ningún requisito adicional se exige atendiendo a la gravedad o imposibilidad de acudir a la consulta médica”, y concluyendo que “Una interpretación como la pretendida que se reconozca el derecho al acompañamiento al médico del padre ola madre, sin que sea necesario que los mismos estén a cargo de la persona trabajadora, ni sean dependientes, ampliaría de modo abusivo, por carencia de causa razonable el uso de este permiso que además, no olvidemos, es retribuido con cargo al empresario” (la negrita es mía)”. El TS desestima la casación interpuesta contra esta sentencia.
  3. Otro más sobre responsabilidad patrimonial: La responsabilidad patrimonial en 2024 @ No Solo ayuntamientos: “En definitiva, cuando se cumplan todos estos presupuestos y sea culpa (o más bien “responsabilidad”) de la Administración, debe indemnizarse, pero cuando no se cumplan resultaría negativo para la garantía del sistema que se indemnizara, porque esto fomentaría la picaresca y, en consecuencia, la desconfianza mutua. El principio de confianza legítima obliga tanto a la Administración a reconocer los casos objetivos demostrados, como a la ciudadanía a activar este mecanismo de forma honesta y razonable. Este es un tema complicado, porque los accidentes ocurren constantemente y debemos tener previstas este tipo de situaciones. El contrato del seguro de cobertura de responsabilidad patrimonial es muy importante en las AAPP, sobre todo en los Ayuntamientos como «responsables» de la vía pública. Y lo utilizamos frecuentemente, porque las reclamaciones, legítimas o no, abundan. Se da una una gran casuística, incluso una gran variedad en cuanto a las personas responsables”. Interesante artículo que hay que leer en su totalidad.
  4. Elecciones europeas 2024: sucinto resumen y actuaciones más relevantes en los Ayuntamientos @ José López Viña: Completísima entrada que enlazo porque creo que a todos nos puede afectar su contenido de cara a las próximas elecciones.
  5. Más planificación en las subvenciones y en los contratos canarios @ Fiscalización.es: aunque no es estrictamente jurídico, afecta y mucho a la labor jurídico-técnica y jurídico-económica de las entidades administrativas que se vaya “a salto de mata”, sin que se detecten de antemano las necesidades reales y posteriormente se proceda a saber qué necesidades han sido realmente atendidas y cuáles quedarían para el siguiente período.
  6. Asesores fiscales, un salto al vacío @ fiscalblog: “En el sufrido devenir diario cuesta encontrar un sentido a nuestra profesión. Algún que otro iluminado (como el TaxFree®) va por ahí diciendo que es asesor fiscal por vocación e hiperventilando con lo de los derechos y libertades de los ciudadanos, pero la maravillosa realidad es que, a pesar de que no lo reconozcan y valoren, el común precisa que existan personas que sean capaces de bracear en el inmenso lodazal normativo y superar la maraña burocrática que se ha tejido para apresar a las personas. Así como la muerte es inevitable y las funerarias facilitan vivirla con normalidad, los impuestos requieren fiscalistas para aligerar las cargas”. Es la diferencia entre la teoría y la práctica; entre las bonitas palabras y la realidad de la vida.
  7. Opinión: ¿Cumple el fichaje de Broncano con la Ley de Contratos del Sector Público? @ Confilegal: “Si se visita el perfil del contratante de RTVE se puede observar que se diferencia entre la licitación de contratos claramente públicos aunque de régimen privado (servicio de comedor para plantilla, compra de licencias de Microsoft, compra de unidades móviles…) y la contratación de servicios audiovisuales, como el doblaje de la serie JAMS (expediente A-01053-2024), la producción del programa Comando Actualidad 5.0 (expediente A-04969-2023) o la realización de una entrevista a un especialista en Inteligencia Artificial (expediente A-01971-2023), que no se encuentran sujetas a la LCSP, pero sí a la publicidad y concurrencia que prevé el artículo 30 de la LRTVE”. Se discute, por tanto, si han concurrido dicha publicidad y concurrencia en la tramitación del contrato mencionado.
  8. La problemática del índice de Precios de Referencia de Alquiler @ Economist & Jurist: “Pese a que su aplicación es obligatoria en zonas de mercado residencial tensionadas, su efectividad se cuestiona ante la escasez de oferta de vivienda, que es el verdadero trasfondo del problema. La declaración de zonas tensionadas y la limitación de precios pueden ser medidas paliativas, pero ¿son suficientes? La economía nos enseña que la oferta y la demanda son las que determinan los precios. En este sentido, la restricción de precios podría tener consecuencias no deseadas, como la retirada de propiedades del mercado del alquiler para ponerlo al mercado de compraventa, acentuando aún más la falta de inmuebles. Esto ya se ha podido observar en el pasado en otros países europeos que, con la misma intención de regular los precios sin incentivar la oferta, ha llegado a una reducción drástica en poco tiempo de la cantidad y calidad de viviendas disponibles”.
  9. El concepto de onerosidad en el derecho de los contratos públicos @ Revista de Administración Pública: “Por un lado, en una tensión derecho europeo-derecho interno, generada por una nueva definición de onerosidad contractual, incorpo-rada al art. 2.1 de la LCSP, que restringe el amplio significado atribuido por elTJUE y nos ayuda a perfilar mejor en nuestro ordenamiento interno el espaciopropio de negocios jurídicos colaborativos del sector público. Por otro lado, en latensión entre la letra de la LCSP, renuente a la revisión de precios, incluso extraor-dinaria, y la apuesta por situar en la onerosidad excesiva un criterio hermenéuticofavorable a tal revisión, en línea con los desarrollos actuales de la Lex mercatoriainternacional en cuyo entorno institucional se mueven los inversores internacio-nales a la hora de valorar sus riesgos de negocio”.
  10. La trampa del péndulo @ Hay Derecho: “la ciudadanía también ha ido contagiándose de ese juego peligroso que es la polarización. La movilización constante de emociones en el debate público termina por funcionar, y sin que nos demos cuenta, debido a que se produce de forma gradual. Es lo que se conoce como el ‘síndrome de la rana hervida’, idea que conocí en el nuevo libro de Natalia Velilla, La crisis de la autoridad. La metáfora es sencilla: si se introduce una rana en una olla con agua hirviendo, la rana saltará, pero, si al introducirla el agua está tibia y se lleva a ebullición lentamente, no percibirá el peligro y se cocerá hasta la muerte”.

Y, para terminar, como noticia del día, la Audiencia Nacional acaba de reabrir la investigación sobre Pegasus, tras recibir información de Francia: “En el documento enviado por Francia se recogen los “indicadores de compromiso” (IOCs), que son una serie de datos que pueden indicar que un sistema ha sido comprometido por un atacante. Estos indicadores pueden incluir direcciones IP, nombres de dominio, archivos maliciosos, patrones de tráfico de red y comportamiento anómalo de usuarios, entre otros. Los IOCs se utilizan en la detección y respuesta a incidentes de seguridad informática”. Esperemos que den con los responsables.

La frase que os dejo esta semana es “Un poco de conocimiento que actúa es mucho más valioso que mucho conocimiento que está ocioso”. — Kahlil Gibran.

Hasta la próxima semana, que volveré con más enlaces.

La imagen está tomada de aquí.

Esta entrada puede leerse también en Substack.

Buy me a coffee on Ko-fi.

Deja un comentario